Becas para estudios universitarios y no universitarios 2025-2026

Ya han salido las becas universitarias y las no universitarias para el curso 2025-2026 del Gobierno Vasco.

Os detallamos las NOVEDADES de dichas convocatorias y los requisitos para solicitarlas.

En ambas becas se mantiene la deducción por familia numerosa sobre la renta de la unidad convivencial/familiar por cada hermano o hermana que conviva en el domicilio habitual, incluida la persona solicitante, siendo de 525 € para categoría general y de 800 € para categoría especial.

IMPORTANTE: Será necesario tener el título de familia numerosa en vigor a la fecha de finalización del plazo de la presentación de la solicitud.

Estudios universitarios y superiores

Personas beneficiarias: personas que realicen estudios universitarios u otros estudios superiores durante el año académico 2025-2026, en un centro ubicado Euskadi o en el resto del Estado (estudios y masters universitarios, cursos de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas, créditos complementarios o complementos de formación necesarios para el acceso u obtención del Máster y del Grado, enseñanzas artísticas superiores y estudios militares o religiosos superiores).

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Hasta el 16 de septiembre del 2025, a las 23:59 h.

Excepcionalmente:

  • Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie con posterioridad a la finalización del plazo señalado en el punto anterior, la solicitud de beca podrá realizarse en los cinco días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2025.
  • Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2025, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el 2026-2027, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2027.

MODIFICACIONES: Para la obtención de la cuantía complementaria ligada al desplazamiento interurbano, la renta de la unidad convivencial/familiar no deberá superar el umbral 3 de la siguiente tabla (el año anterior no se podía superar el umbral 2).
Miembros ComputablesUmbral 1 (€)Umbral 2 (€)Umbral 3 (€)19.31513.89815.567213.97123.72426.573318.62932.20136.070423.28638.24242.836527.01242.74347.878630.73846.14251.685734.46349.50355.451838.19052.85059.199Por cada miembro adicionalUmbral 1 (€)Umbral 2 (€)Umbral 3 (€)3.7253.3403.740

En el caso de estudios presenciales, ha aumentado el importe de la cuantía complementaria ligada al desplazamiento interurbano, en función de la distancia más corta existente entre el domicilio habitual de la persona solicitante y la ubicación del centro de enseñanza, será el siguiente:

  • De 5 a 10 kilómetros: 204 €
  • De más de 10 a 30 kilómetros: 409 €
  • De más de 30 a 50 kilómetros: 809 €
  • De más de 50 a 200 kilómetros: 1.052 €

En cuanto a las deducciones de la renta unidad convivencial/familiar, ha aumentado la deducción por cada hermano/a que realice estudios universitarios y otros estudios superiores, y que sea solicitante de beca, siendo ahora de 2.000 €. Para poder aplicar esta deducción se deberá haber indicado esta circunstancia en el apartado previsto para ello en la solicitud.

NOVEDAD

Se ha añadido un nuevo punto dentro de las reglas para estudiantes afectados de una discapacidad, por el que los estudiantes afectados de una discapacidad reconocida de Grado igual o superior al 25 % e inferior al 65 % que opten por matrícula completa obtendrán un incremento del 25 % en todos los componentes de beca que les correspondan, a excepción de la exención de precios públicos de matrícula.

Estudios no universitarios

Personas beneficiarios: personas que realicen sus estudios dentro de Euskadi y sean estudiantes de niveles de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza para el curso académico, Bachillerato, Ciclos de Formación Profesional Básica, Grado Medio y Grado Superior, Ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas Deportivas y de Idiomas para el curso académico 2025-2026.

MODIFICACIONES

Se ha subido el Componente de cuantía fija ligada a la residencia de 2.500 a 2.700 €.

Para beneficiarse de las ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo hay que registrarse en la aplicación W67 del departamento de Educación.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Hasta el 6 de octubre de 2025.

Excepcionalmente:

  • Matriculaciones posteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes. La petición se tiene que realizar con copia de la solicitud de matrícula en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de realización de la matrícula.
  • Fallecimiento de la persona sustentadora principal de la familia, o jubilación forzosa de la misma que no se produzca por cumplir la edad reglamentaria, ocurridos después de transcurridos dichos plazos.

En cualquier caso, solo se admitirán nuevas solicitudes hasta el 31 de marzo de 2026.